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Velocímetro Del Coche Que Mide La Velocidad De Un Automóvil

Límites de velocidad en España. Especificaciones y sanciones

Para poder circular correctamente por las vías de nuestro país es fundamental conocer los límites de velocidad permitidos en cada una de ellas. De lo contrario nos exponemos a multas que pueden suponer una gran pérdida de puntos en el carnet y sanciones económicas cuantiosas. Te contamos cuáles son los límites en función del tipo de vehículo que conduzcas y la carretera por la que circules, así como las multas a las que te enfrentas en caso de no cumplir con esta normativa.

Coches circulando a la velocidad permitida

Límites de velocidad en función del vehículo y la vía

Tal y como hemos adelantado, no hay una velocidad en España que se aplique a todas las situaciones. Por lo que es muy importante tener en cuenta el vehículo que conduces, así como informarte sobre las vías por las que vas a circular. Lo cierto es que esta información la estudiamos todos para poder obtener el permiso de conducir, pero muy pocos recordamos todos y cada uno de los límites. Te contamos los límites que establece la dirección general de tráfico.

  • Turismos y motocicletas
    • En autovías y autopistas tienen una velocidad máxima de 120 km/h y una mínima de 60 km/h.
    • En carreteras convencionales pueden llegar a circular a 90 km/h como máximo y 50 km/h como mínimo. Con algunas excepciones en las que pueden llegar a los 45 km/h.
    • En vías urbanas la circulación de estos vehículos es de 50 km/h como mucho y 25 km/h como velocidad mínima.

Sin embargo, los coches y motos tienen otra particularidad de acuerdo con el reglamento general de circulación. Y es que cuando circulen por una carretera convencional pueden superar el límite de velocidad máximo en 20 km/h en el momento de realizar un adelantamiento.

  • Autobuses, derivados de turismos y vehículos mixtos

Estos vehículos pueden regirse por los límites de velocidad de los turismos y motocicletas con alguna excepción.

    • En autovías y autopistas pueden alcanzar una velocidad máxima de 100 km/h y una mínima de 60 km/h.
  • Camiones, furgones y vehículos articulados
    • En autovías y autopistas es posible llegar a una velocidad máxima de 90 km/h y una mínima de 60 km/h.
    • Cuando circulen por carreteras convencionales los límites son de 80 km/h como máximo y 40 km/h como mínimo. Con algunas excepciones en las que pueden llegar a los 35 km/h.
    • En vías urbanas la circulación de estos vehículos es de 50 km/h como mucho y 25 km/h como velocidad mínima.

Autovía con limites de velocidad

  • Automóviles con remolque de más de 750 kg
    • Siempre que circulen por autopistas, autovías y carreteras convencionales pueden llegar a una velocidad de 80 km/h.
    • La velocidad mínima permitida es de 60 km/h en autopistas y autovías y de 40 km/h en carreteras convencionales, con alguna excepción de 35 km/h.
    • En vías urbanas los límites se establecen en 50 km/h y 25 km/h como velocidad mínima.
  • Ciclos y ciclomotores

Este tipo de vehículos solo tienen permitido circular por vías urbanas y carreteras convencionales siempre que no sobrepasen los 45 km/h.

  • Vehículos agrícolas

Igual que ocurre con los anteriores, estos vehículos no pueden circular por autopistas ni autovías. Aunque su límite de velocidad en carreteras y vías urbanas se establece en 25 km/h como máximo.

Sanciones por exceder el límite de velocidad en todo tipo de vías

Al no haber una velocidad genérica a la que puedan circular todos los vehículos, independientemente de la vía por la que lo hagan, tampoco hay una multa que se aplique a todos los excesos de velocidad por igual. Ya que el riesgo de accidente tampoco es el mismo ni las consecuencias que puede traer incumplir los límites de velocidad son iguales en todas las vías.

Por tanto, la dirección general de tráfico establece diferentes tramos para sancionar a aquellos conductores que excedan los límites de velocidad con la colocación de diferentes tipos de radares según el lugar. En función de la gravedad de la infracción se fijan unas cuantías económicas para las multas que van de los 100€ a los 600€, además del número de puntos del carnet que se pierden que en los casos más graves son hasta 6.